TEÓLOGO RESPONDE
El Padre Miguel A. Fuentes es responsable de la página teologoresponde.org y
por su excelente contenido queremos compartir esta pregunta que una persona le
hizo recientemente:
Pregunta:
Sé perfectamente que cuando una pareja no
se casa por la Iglesia sino sólo ante las leyes civiles, no puede acercarse a
la comunión. Ahora, las variables son muchas, pero en todo caso: ¿no cree que
si una de las partes siente la necesidad imperiosa de recibir a Jesús
Sacramentado, no tiene ésta el derecho de recibirlo (hablo del derecho de ser
también partícipe de la Salvación y del Jubileo de estar en Dios aunque no sea
por el sacramento del matrimonio)?
¿Podría aclararme por qué
los no casados por la Iglesia, pierden esa oportunidad de acercarse a la
comunión? ¿se dan cuenta de que esa es una de las tantas maneras para que el
que cree en la Santísima Trinidad se retire de la Iglesia y lo que es peor
pueda unirse a una secta religiosa?
No digo que hay que faltar
el respeto al sacramento como tal, pero en el caso que uno de los dos crea en
Dios o sienta la necesidad de recibirlo a través de la comunión, la Iglesia
debería darle esa oportunidad. Al fin de cuentas Jesús vino para los que
necesitaban de Dios.
Les ruego despejar esta
duda y espero que me sepan disculpar cualquier imprudencia.
Respuesta:
Estimado amigo:
Comprendo su inquietud. Le
recuerdo que en el año 1984, la Congregación para la doctrina de la Fe publicó
una Carta sobre la recepción de la comunión por parte de los divorciados
vueltos a casar. En este documento se recuerda que «merecen una especial
atención las dificultades y los sufrimientos de aquellos fieles que se
encuentran en situaciones matrimoniales irregulares»[1]. Y se menciona la
caridad y misericordia con que deben ser tratados. Sin embargo, al mismo tiempo
se nos recuerda que hay que ser «conscientes… de que la auténtica comprensión y
la genuina misericordia no se encuentran separadas de la verdad», y por eso,
«los pastores tienen el deber de recordar a estos fieles la doctrina de la
Iglesia acerca de la celebración de los sacramentos y especialmente de la
recepción de la Eucaristía»[2]. He tocado este tema en otras consultas[3].
El problema que se plantea
aquí es la situación objetiva: «se encuentran en una situación que contradice
objetivamente a la ley de Dios y por consiguiente no pueden acceder a la
Comunión eucarística mientras persista esa situación. Esta norma de ninguna
manera tiene un carácter punitivo o en cualquier modo discriminatorio hacia los
divorciados vueltos a casar, sino que expresa más bien una situación objetiva
que de por sí hace imposible el acceso a la Comunión eucarística»[4].
Hay, pues, un obstáculo
por el que la Eucaristía no puede ser recibida. Ese obstáculo es el pecado
mortal. Una de las condiciones necesarias para recibir la Sagrada Eucaristía es
el estado de gracia. Dice Santo Tomás: «Quien está en pecado mortal, si recibe
este sacramento, recibe su condenación»[5]; y el Concilio de Trento exige
formalmente el estado de gracia para poder comulgar: «cuanto más notoria es a
las personas cristianas la santidad y divinidad de este celeste Sacramento, con
tanta mayor diligencia por cierto deben procurar presentarse a recibirle con
grande respeto y santidad; principalmente constándonos aquellas tan terribles
palabras del Apóstol san Pablo: Quien come y bebe indignamente, come y bebe su
condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y otros
manjares… Ninguno sabedor de que está en pecado mortal, se acerque, por muy
contrito que le parezca hallarse, a recibir la sagrada Eucaristía, sin
disponerse antes con la confesión sacramental»[6].
Por esto, a ningún
cristiano debidamente preparado se le niega la Comunión eucarística: puede
recibirla con la condición de prepararse debidamente sabiendo a Quien va a recibir
y confesándose previamente si está en pecado mortal, cortando toda situación de
pecado (sin lo cual la misma confesión es inválida pues falta el propósito de
enmienda).
Lo mismo vale para los
casos que Usted me plantea. Dice la Carta arriba mencionada: «Para los fieles
que permanecen en esa situación matrimonial, el acceso a la Comunión
eucarística sólo se abre por medio de la absolución sacramental, que puede ser
concedida únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza
y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida
que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio»[7].
Como puede ver, las
personas que están en este estado pueden abrir el camino hacia la Comunión
eucarística «mediante» la confesión y conversión que los dispone adecuadamente
para ello.
Respondiendo a lo que
Usted me dice, una persona que está viviendo en pecado mortal no se aleja de la
Salvación por el hecho de no poder comulgar sino por no confesarse y no cambiar
de vida. De hecho una persona puede salvarse sin comulgar, pero no puede
salvarse sin arrepentirse sinceramente de sus pecados (con el implícito
propósito de enmendarse).
Vuelvo a insistir: la
Iglesia no los aleja de la Eucaristía, sino que el mismo fiel pone un obstáculo
para recibirla por su estado irregular.
Por último, estrictamente
hablando no hay «derecho» a la Eucaristía. La Eucaristía es el don supremo de
Jesucristo; y es Él quien exige el estado de gracia para recibirla: Jesús le
respondió: Si no te lavo, no tienes parte conmigo (Jn 13,8); Quien come y bebe
indignamente, come y bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el
cuerpo del Señor y otros manjares (1Co 11,29).
Usted dice que un fiel
viviendo en estado de pecado puede «sentir necesidad de la Eucaristía». Esto es
muy cierto; pero debe darse cuenta que en esta «necesidad» está experimentando
principalmente «necesidad de reconciliarse con Dios» para poder así acceder a
la Eucaristía. La Eucaristía es el centro de todos los sacramentos los cuales
se ordenan a Ella como a su fin[8]. En este sentido hay que tender a la
Eucaristía como fin de la vida cristiana, yendo por los medios: el bautismo
ante todo, y luego el sacramento de la penitencia si se hubiese cometido pecado
grave después del bautismo.
Bibliografía para profundizar:
Sauras,
Emilio, Teología y espiritualidad del Sacrificio de la Misa, Palabra, Madrid
1981.
San
Pedro Julián Eymard, Obras eucarísticas, Madrid 1963.
Bernadot, V., De la Eucaristía a la Trinidad, Barcelona 1940.
[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la recepción de la
comunión por parte de los divorciados vueltos a casar, n. 2.
[2] Ibid., n. 3.
[3] Cf. El Teólogo Responde, Volumen 1, op. cit., pp. 267-270.
[4] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…, n. 4.
[5] Santo Tomás, Suma Teológica, III, 80, 4.
[6] Denzinger-Hünermann, nn. 1646, 1661.
[7] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…, n. 4.
[8] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1324; Concilio Vaticano II,
Presbyterorum ordinis, n. 5.
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